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Historia y evolución del Derecho Agrario en México

De la Conquista al México independiente y los efectos de las leyes de deslinde.

Explorar la historia
1521 — 1917 Recorrido histórico-jurídico
01 · PRESENTACIÓN

Introducción

El derecho agrario mexicano comprende el conjunto de normas, instituciones y principios relacionados con la propiedad, posesión, distribución y aprovechamiento de la tierra rural.

Su evolución se encuentra profundamente vinculada con la historia política, económica y social de México, ya que la tierra ha sido uno de los principales recursos alrededor de los cuales se han desarrollado conflictos, reformas y transformaciones jurídicas.

1521

Conquista y Virreinato

Transformación de las formas indígenas de propiedad y establecimiento de nuevas instituciones coloniales.

1821

México independiente

Cambios políticos y jurídicos que modificaron la estructura de la propiedad territorial.

1883

Leyes de deslinde

Políticas de medición, colonización y adjudicación de terrenos durante el siglo XIX.

CONTEXTO PREVIO · ANTES DE 1521

La tierra antes de la Conquista

Antes de la llegada de los españoles ya existían diversas formas de organización, posesión y aprovechamiento de la tierra entre los pueblos mesoamericanos.

En el caso de los mexicas, la tierra se encontraba vinculada con la organización política, económica y social. No existía una sola forma de tenencia, sino terrenos destinados a comunidades, gobernantes, nobles, templos y funciones públicas.

Una de las instituciones más importantes fue el calpulli , relacionado con grupos comunitarios cuyos integrantes podían recibir parcelas para su aprovechamiento.

Dentro de esta organización existían también tierras relacionadas con el calpultalli y terrenos de utilización colectiva conocidos como altepetlalli .

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE?

La Conquista no partió de un territorio sin organización

Comprender las formas preexistentes de tenencia permite observar que la llegada del régimen colonial significó una transformación de sistemas territoriales que ya tenían reglas, autoridades y formas de aprovechamiento.

FUENTE DEL APARTADO

INEHRM · La tenencia de la tierra en el México prehispánico

El INEHRM documenta diferentes formas de tenencia territorial entre los mexicas y explica el papel comunitario del calpulli.

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02 · SIGLO XVI

La Conquista y la transformación territorial

Representación histórica de la Conquista en el Códice Azcatitlan
Códice Azcatitlan Representación indígena relacionada con la Conquista de México.
DOCUMENTO HISTÓRICO

Un nuevo orden territorial

La Conquista no significó únicamente un cambio político. También modificó las formas de organización, posesión y aprovechamiento de la tierra existentes entre los pueblos indígenas.

Siglo XVI

Fuente visual: Códice Azcatitlan · Gallica / Wikimedia Commons.

Después de la caída de México-Tenochtitlan en 1521, comenzó una profunda reorganización jurídica y territorial.

La Corona española comenzó a reorganizar el territorio bajo nuevas instituciones políticas, económicas y jurídicas.

Una de las principales transformaciones fue la introducción de nuevas formas de asignación territorial, entre ellas las mercedes reales , mediante las cuales la Corona concedía tierras a particulares.

FUENTE DEL APARTADO

UNAM · Instituto de Investigaciones Históricas

Gisela von Wobeser analiza la ocupación del suelo después de la Conquista, las primeras cesiones de tierras, las mercedes reales y la posterior formación de las haciendas.

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03 · ÉPOCA COLONIAL

Organización agraria durante el Virreinato

Mapa histórico del Virreinato de Nueva España
Virreinato de Nueva España Representación territorial del espacio novohispano.
ORGANIZACIÓN COLONIAL

Tierra, pueblos y haciendas

Durante el periodo virreinal coexistieron propiedades particulares, tierras de pueblos indígenas y diversas figuras jurídicas destinadas a regular el uso y posesión del territorio.

1521 — 1821

Fuente visual: Wikimedia Commons.

Durante el periodo colonial coexistieron distintas formas de propiedad y aprovechamiento de la tierra.

Las comunidades indígenas mantuvieron determinadas tierras destinadas a su asentamiento y subsistencia, mientras que progresivamente se consolidaron grandes unidades productivas conocidas como haciendas .

01 Mercedes reales
02 Ejidos
03 Fundos legales
04 Composiciones de tierras
05 Haciendas
📜
INSTITUCIÓN DESTACADA

Las composiciones de tierras

Las composiciones de tierras fueron mecanismos mediante los cuales determinadas situaciones de posesión territorial podían regularizarse frente a la Corona.

Estos procedimientos también alcanzaron tierras y aguas relacionadas con los pueblos indígenas, por lo que tuvieron importancia dentro de la evolución de la propiedad colonial.

FUENTES DEL APARTADO

UNAM · Estudios de Historia Novohispana

Investigaciones especializadas sobre los ejidos, fundos legales, tierras destinadas a los pueblos indígenas y formación de haciendas durante el periodo colonial.

04 · 1821 — 1855

México independiente

Vista de la Hacienda de Colón realizada por Eugenio Landesio en 1858
Hacienda de Colón Eugenio Landesio, 1858.
MÉXICO DEL SIGLO XIX

Independencia política, continuidad agraria

La consumación de la Independencia modificó el régimen político mexicano, pero numerosas estructuras de propiedad rural heredadas del periodo anterior continuaron presentes.

Desde 1821

Fuente visual: Eugenio Landesio · Museo Kaluz / Wikimedia Commons.

La Independencia modificó el sistema político, pero no solucionó inmediatamente la desigualdad en la distribución de la tierra.

El nuevo país heredó una estructura territorial caracterizada por grandes propiedades, haciendas, comunidades indígenas, pequeños propietarios y numerosos conflictos sobre límites y posesión.

Durante las primeras décadas de vida independiente no se produjo una transformación agraria inmediata. Las estructuras rurales heredadas del periodo colonial continuaron desempeñando un papel importante en la economía y la sociedad mexicana.

01

Grandes propiedades territoriales

02

Haciendas

03

Comunidades indígenas

04

Conflictos de posesión

FUENTE DE CONSULTA

INEHRM · Historia del Derecho Agrario

Material histórico sobre la evolución de la propiedad agraria mexicana desde el periodo colonial hasta las reformas y transformaciones del siglo XIX.

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05 · REFORMA LIBERAL

Ley Lerdo de 1856

Retrato histórico de Miguel Lerdo de Tejada
Miguel Lerdo de Tejada Político liberal vinculado a la Ley de Desamortización de 1856.
REFORMA LIBERAL

La propiedad entra al proyecto liberal

La Ley Lerdo pretendía favorecer la circulación económica de bienes pertenecientes a corporaciones civiles y religiosas mediante su desamortización .

25 de junio de 1856

Fuente visual: retrato de Miguel Lerdo de Tejada · Wikimedia Commons.

La Ley Lerdo fue uno de los instrumentos más importantes del proyecto liberal mexicano del siglo XIX.

La Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de las Corporaciones Civiles y Religiosas fue promulgada el 25 de junio de 1856.

Su objetivo consistía en promover la circulación de la propiedad y reducir la cantidad de bienes que permanecían en manos de corporaciones.

OBJETIVO LIBERAL

Dinamizar la propiedad

Propiedad corporativa desamortización propiedad privada circulación económica.

CONSECUENCIA PROBLEMÁTICA

Concentración territorial

Tierras comunales individualización posibilidad de venta concentración.

FUENTE INSTITUCIONAL

Cámara de Diputados · Museo Legislativo

El Museo Legislativo documenta la promulgación de la Ley Lerdo el 25 de junio de 1856 y explica su propósito dentro del proyecto liberal de desamortización.

Consultar información oficial
§
LIBERALISMO · 1857

La Constitución de 1857

La Constitución de 1857 consolidó jurídicamente buena parte del proyecto liberal desarrollado durante la Reforma.

El nuevo orden constitucional fortaleció principios relacionados con los derechos individuales y la protección jurídica de la propiedad privada .

La Constitución fue promulgada el 5 de febrero de 1857 y entró oficialmente en vigor el 16 de septiembre del mismo año, en un contexto de importantes transformaciones políticas, económicas y sociales.

En materia de propiedad, el artículo 27 retomó principios vinculados con la desamortización y estableció restricciones para que las corporaciones civiles y eclesiásticas adquirieran o administraran bienes raíces.

CONTEXTO CONSTITUCIONAL

Cámara de Diputados · Museo Legislativo

El Congreso Constituyente inició sus trabajos en febrero de 1856 y produjo la Constitución Federal promulgada el 5 de febrero de 1857.

Consultar contexto histórico
06 · PORFIRIATO

Las leyes de deslinde

Mapa histórico de México elaborado durante la década de 1880
Atlas mexicano Cartografía elaborada durante el periodo 1884–1886.
TERRITORIO Y MEDICIÓN

Conocer, medir y delimitar

Durante el Porfiriato, la medición y representación del territorio adquirieron especial relevancia en las políticas de colonización, deslinde y aprovechamiento de tierras.

1883 — 1894

Fuente visual: Atlas mexicano de Antonio García Cubas · Library of Congress.

Durante el Porfiriato se impulsó la identificación, medición y delimitación de terrenos considerados baldíos .

El 15 de diciembre de 1883, durante la presidencia de Manuel González, se expidió el Decreto sobre Colonización y Compañías Deslindadoras. El ordenamiento permitió la participación de compañías deslindadoras encargadas de medir, fraccionar y valuar terrenos considerados baldíos.

1 Identificación

Localización del terreno.

2 Medición

Determinación de límites.

3 Clasificación

Determinación de su condición jurídica.

4 Adjudicación

Venta o asignación.

5 Explotación

Aprovechamiento económico.

FUENTE HISTÓRICA PRINCIPAL

Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México

El INEHRM documenta el Decreto sobre Colonización y Compañías Deslindadoras del 15 de diciembre de 1883 y sus efectos sobre la propiedad rural mexicana.

1/3

Las compañías podían recibir hasta la tercera parte de los terrenos habilitados como compensación por los trabajos realizados.

Consultar documento del INEHRM
PORFIRIATO · 1894

Ley sobre Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos

El 26 de marzo de 1894, Porfirio Díaz promulgó la Ley sobre Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos, profundizando la política territorial desarrollada durante las décadas anteriores.

La regulación permitió denunciar y adquirir terrenos baldíos , demasías y excedencias sin establecer una limitación general de extensión para su adquisición.

Esta ampliación de las posibilidades de adquisición territorial favoreció operaciones de gran escala y contribuyó, junto con otros factores, al proceso de concentración de la propiedad rural.

OBJETIVO ECONÓMICO

Aprovechar el territorio

Incorporar tierras consideradas baldías al circuito económico, fomentar su ocupación y facilitar su explotación productiva.

EFECTO SOCIAL

Mayor concentración

La reducción de límites y restricciones facilitó operaciones territoriales de gran escala y aumentó la vulnerabilidad de poseedores sin títulos reconocidos.

FUENTE HISTÓRICA

INEHRM · El derecho agrario

El INEHRM documenta la legislación de 1894 y explica cómo disminuyó las restricciones para adquirir tierras, al tiempo que fortaleció jurídicamente numerosos títulos derivados de los procesos de deslinde.

Consultar investigación
07 · CONSECUENCIAS

Efectos de las leyes de deslinde

01

Concentración territorial

Grandes extensiones quedaron en manos de un número reducido de propietarios y compañías.

02

Afectación comunitaria

Algunas comunidades rurales perdieron tierras cuya posesión no se encontraba documentada formalmente.

03

Conflictos agrarios

Se incrementaron las disputas relacionadas con límites, propiedad y posesión territorial.

DEL DESLINDE A LA REFORMA AGRARIA
01 Deslinde territorial
02 Concentración de tierras
03 Conflictos agrarios
04 Demandas revolucionarias
05 Artículo 27
RESPALDO HISTÓRICO

INEHRM · Derecho Agrario

El INEHRM señala que la actuación de las compañías deslindadoras contribuyó al despojo de comunidades rurales y de pequeños poseedores que carecían de títulos formales.

Revisar evidencia histórica
08 · SIGLO XX

El problema agrario y la Revolución Mexicana

Emiliano Zapata acompañado de integrantes de su estado mayor
Emiliano Zapata y su estado mayor Fotografía histórica, 1911.
DEMANDA AGRARIA

La tierra se convierte en una demanda revolucionaria

Las demandas de restitución y reparto territorial ocuparon un lugar central dentro del movimiento zapatista y del debate agrario revolucionario.

Desde 1910

Fuente visual: George Grantham Bain Collection · Library of Congress.

La cuestión agraria se convirtió en uno de los grandes problemas sociales del México previo a la Revolución.

La concentración territorial y la pérdida de tierras constituyeron importantes factores de inconformidad social durante las décadas anteriores a la Revolución Mexicana.

Movimientos como el encabezado por Emiliano Zapata colocaron la restitución de tierras y su distribución entre sus principales demandas.

CONTEXTO HISTÓRICO

INEHRM · Historia agraria mexicana

El estudio del derecho agrario permite comprender cómo los conflictos sobre la tierra se convirtieron en una de las principales demandas sociales durante la Revolución Mexicana.

Consultar publicación
§
09 · CONSTITUCIÓN DE 1917

El artículo 27 constitucional

Portada original de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
Constitución de 1917 Portada original del texto constitucional mexicano.
NUEVO ORDEN CONSTITUCIONAL

La cuestión agraria llega a la Constitución

El artículo 27 estableció las bases constitucionales para una nueva regulación de las tierras, aguas y recursos naturales de México.

Promulgada · 5 febrero 1917

Fuente visual: Archivo General de la Nación / Wikimedia Commons.

27

La Constitución de 1917 fue promulgada el 5 de febrero y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año.

Su artículo 27 estableció como principio fundamental que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, de la cual deriva la propiedad privada.

El nuevo régimen constitucional permitió desarrollar instrumentos orientados a la restitución, distribución y regulación social de la tierra, convirtiendo la cuestión agraria en una materia de rango constitucional.

§
TEXTO CONSTITUCIONAL

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

Consulta directa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del contenido del artículo 27.

Consultar Constitución
10 · REFLEXIÓN

Reflexión sobre los efectos de las leyes de deslinde

Las leyes de deslinde representan un ejemplo de cómo una medida jurídica puede tener objetivos administrativos y económicos razonables, pero producir consecuencias sociales profundamente desiguales.

Medir y registrar las tierras podía contribuir a establecer seguridad jurídica. Sin embargo, muchas comunidades rurales utilizaban determinados territorios desde generaciones anteriores sin contar necesariamente con títulos formales reconocidos por las autoridades.

Esta diferencia entre la propiedad documentada y la posesión tradicional colocó a numerosas comunidades en una situación de vulnerabilidad.

La experiencia histórica demuestra que una ley no debe evaluarse únicamente por sus objetivos, sino también por sus consecuencias económicas, jurídicas y sociales.

Por esta razón, considero que el principal problema de las leyes de deslinde no fue únicamente la intención de ordenar territorialmente al país, sino la manera en que fueron aplicadas y las condiciones de desigualdad existentes.

El análisis histórico también muestra que las medidas relacionadas con la tierra no pueden valorarse únicamente desde una perspectiva económica. La seguridad jurídica, el reconocimiento de formas tradicionales de posesión y la protección de las comunidades deben considerarse al diseñar políticas sobre propiedad territorial.

BASE DOCUMENTAL DE LA REFLEXIÓN

INEHRM · Derecho Agrario

La reflexión se sustenta en los procesos históricos documentados sobre compañías deslindadoras, concentración territorial, posesión rural y pérdida de tierras.

Consultar documento

Bibliografía

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Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (s. f.). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Consultar fuente ↗
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Carrera Quezada, S. E. (2015). Las composiciones de tierras en los pueblos de indios en dos jurisdicciones coloniales de la Huasteca, 1692-1720. Estudios de Historia Novohispana, 52, 29-50.

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09

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